Las modificaciones fueron anunciadas por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray. Ahora se duplicaron los topes máximos de facturación para todas las categorías.
Tras la resolución 3529/13 publicada en el Boletín Oficial se oficializó el cambio en el régimen del monotributo. El mismo rige desde este mes, por lo que como la facturación corre hasta el 30 de septiembre, quienes deben cambiarse de categoría podrán hacerlo durante el curso de septiembre.
En el marco de las conversaciones que lleva la presidenta Cristina Fernández con los principales actores económicos, se modificó el régimen del monotributo, donde la nueva escala del régimen parte de una facturación de 48.000 pesos anuales para la categoría B de prestación de servicios, y de 400.000 pesos para la categoría I y hasta 600.000 pesos para los que se dedican a la venta de bienes muebles.
Según explicó Echegaray, hay 2.250.338 personas en todo el país que son monotributistas, de los cuales poco más de un millón y medio son “monotributistas puros”, es decir, no tienen en paralelo una actividad en relación de dependencia. En ese sentido, aclaró que se hizo una modificación general, que incluya a los artesanos, por lo que se implantó una escala en el nivel de facturación.
A partir de ahora la categoría B, que es la más baja -en 2010 se unificó con la A- es para quienes facturan hasta $ 48.000 y la I para quienes llegan a $ 400.000 anuales. Las otras tres categorías, exclusivas para la producción de bienes, tienen como techo la L, hasta $ 600.000.
El impuesto que pagan los contribuyentes adheridos al régimen simplificado no se modificó. Para la categoría B es de $ 39, para la C de $ 75, la D de $ 128 y $ 118 (para servicios y venta de cosas muebles, respectivamente), para la E alcanza los $ 210 y $ 194 (con igual criterio), la F $ 400 y $ 310, para la G es de $ 550 y $ 405, la H $ 700 y $ 505, y la I de $ 1.600 y $ 1.240.
A ese importe, quienes aportan a una obra social deben sumarle $ 100 mensuales, y los que aportan al sistema de jubilación $ 157, en todas las escalas. Para las categorías J, K y L (exclusivas para ventas de cosas muebles) el impuesto es de $ 2.000, $ 2.350 y $ 2.700, respectivamente.
Respecto a la recategorización, se informó que el trámite podrá hacerse hasta el 30 de septiembre, ingresando con la clave fiscal en la web de la Administración Federal de Ingresos Públicos. Como se sabe la recategorización es un trámite cuatrimestral, que tiene vencimiento el 20 de cada enero, mayo y septiembre.
Si bien es cierto que el Gobierno tuvo que rever el régimen del monotributo dada la creciente inflación, también es cierto que en esta oportunidad muchos contribuyentes que están dentro del sistema bajen un escalón, mientras que otros que quedaron excluidos del Monotributo puedan reingresar. En todos esos casos se reducirá el aporte por pagar y los valores de la obligación mensual no aumentarán. Cada categoría contempla un monto diferente para el pago del impuesto propiamente dicho, en tanto los aportes para la jubilación y la obra social ($ 110 y de $ 70, respectivamente) son iguales en todas las escalas.
El monto de ingresos brutos obtenidos en los 12 meses previos no es el único dato a tener en cuenta para recategorizarse. El Monotributo prevé varios parámetros que el contribuyente debe observar para ubicarse en la escala. Pero entre ellos fue modificado el valor máximo de alquiler anual, que pasó de $ 9.000 a $ 18.000 en las categorías B y C, y de $ 18.000 a $ 36.000 en las D y E. En las demás categorías la cifra también se eleva, pero no llega a duplicarse (en el último escalón es de $ 72.000 anuales).
En el caso de quienes fueron excluidos del Monotributo (por el trámite de autogestión o por disposición de la AFIP) y hoy aportan como autónomos, la primera condición para volver es que la facturación y las otras variables no excedan los nuevos topes. También la chance de cambiarse dependerá del motivo de la exclusión ya que la AFIP aclaró que si existe un sumario o una deuda, o si la AFIP lo excluyó tras detectar una compra que no pudo ser justificada, ese contribuyente no podrá regresar.
Claro que pese a que se den todas las condiciones para volver al Monotributo, el traspaso no será automático. Al hacer el trámite en la web, el sistema requerirá que se envíe un pedido de autorización a la AFIP, que evaluará la situación. La ley dispone que quien pasa del régimen simplificado al general (autónomo) no puede hacer el camino inverso por al menos tres años. Pero, según afirman en la AFIP, por esta vez no regirá la restricción.
Un alivio adicional que deja la resolución es que se elevan los ingresos mínimos para estar alcanzado por dos obligaciones. Una es la de presentar una declaración jurada informativa cuatrimestral (trámite que vence el 30 de este mes). Esa exigencia rige para quienes están en las categorías F y superiores. Quienes pasen de la F a la E ya no tendrán que hacer el trámite.
“Esta medida abarca a una cantidad importante de argentinos, y es una solución a las expectativas de muchos contribuyentes”, resaltó el titular de la AFIP, y agregó: “llegamos a esta modificación por los antecedentes de reuniones de consejos consultivos que se hacen en la AFIP, más las reuniones con empresarios en Río Gallegos y en Casa Rosada. En las reuniones con la Presidenta hicimos fuerte hincapié en el desarrollo tecnológico que desde la AFIP, y con la colaboración de otras aéreas del Estado Nacional, permitió perfeccionar los controles”, finalizó.
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