A través de la AFIP se conocieron las cifras de quienes pagarán impuesto a las ganancias y se organizará de la siguiente manera: los empleados solteros cuyo salario neto mensual supere de los $55.261. En el caso de los casados, el umbral de pago es de $64.145 y para casados con dos hijos se eleva a $73.104.
El criterio oficial fue aumentar los valores de las distintas tablas teniendo en cuenta los cambios que desprenden del índice salarial RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) entre octubre de 2018 y octubre del pasado año, que fue de 44,28%, aunque deduciendo de esta variación el adelanto del 20% del mínimo no imponible decidido por la gestión anterior.
La carga se cobra sobre los salarios o haberes netos de aportes a la seguridad social y de los montos deducibles generales que fija la ley. Adicionalmente, se restan del ingreso, antes de calcular el tributo, las deducciones eventualmente declaradas.
De esta manera, quedan entonces organizados los promedios y los salarios de los cuales se desprenderá el impuesto a las ganancias. Todo esto se suma por ejemplo al impuesto al dólar solidario, un combo que puede significar una pérdida de salario real.