El Gobierno nacional reglamentó cambios en el sistema de cálculo de los aportes sindicales y determinó que conceptos como las horas extra, el aguinaldo, los bonos y otros pagos extraordinarios no serán incluidos en la base utilizada para calcular esas contribuciones.
La medida fue establecida mediante el Decreto 612/2026, publicado este lunes en el Boletín Oficial, en el marco de la implementación de la Ley de Modernización Laboral. La normativa precisa que la base de cálculo estará conformada por el salario básico convencional correspondiente a la categoría del trabajador y las sumas remunerativas normales, habituales y de pago mensual.

De esta manera, quedarán excluidos del cálculo aquellos ingresos que no sean considerados regulares, entre ellos premios, bonos, participación en ganancias, horas suplementarias, sueldo anual complementario (aguinaldo), plus vacacional y sumas no remunerativas.
Además, el decreto establece nuevas condiciones para la administración de determinados fondos vinculados a los convenios colectivos. Según la reglamentación, los aportes y contribuciones destinados a fines sociales, asistenciales, previsionales o culturales deberán contar con una administración diferenciada y documentación separada respecto de otros fondos sindicales.
Desde el Ejecutivo señalaron que la medida busca establecer criterios más claros para la aplicación de las normas laborales y avanzar con la implementación de las modificaciones introducidas por la reforma laboral.
La decisión genera un nuevo foco de tensión con las organizaciones sindicales, que vienen cuestionando distintos puntos de la reforma y el impacto que estos cambios podrían tener sobre el financiamiento de los gremios.


